¿Está el Derecho escrito en piedra? Repensando la semiótica jurídica

Anne Wagner
« The Contemplation of Justice », esculpida por James Earle Fraser (1935), se alza frente a la Corte Suprema de los Estados Unidos. Foto de Scott Robinson.

Cuando la gente piensa en el Derecho, a menudo imagina normas codificadas, salas de audiencias y una justicia en blanco y negro. Sin embargo, bajo esas apariencias yace un terreno cambiante, un lenguaje en transformación, lleno de signos, gestos, rostros y significados en evolución.

La semiótica jurídica – el estudio del Derecho a través del prisma de los signos y los símbolos – rompe la ilusión de las definiciones fijas y revela la vida interpretativa de los sistemas jurídicos. Nos muestra que el significado jurídico no está grabado en piedra, sino que se construye mediante el contexto, la cultura y una interpretación continua.

La semiótica del Derecho nos enseña a leer el Derecho no como un libro cerrado, sino como un guion abierto, lleno de capas, silencios, metáforas y códigos.

Este ensayo explora cómo la semiótica del Derecho replantea nuestra comprensión del Derecho, no como una institución estática, sino como un proceso comunicativo dinámico, moldeado por el tiempo, el espacio, la cultura y la experiencia humana.

La semiótica jurídica parte de una idea tan simple como profunda: el significado jurídico nunca es inherente, se construye. Cada ley, sentencia o doctrina es un signo que remite más allá de sí mismo. El sentido se forma en quien lo interpreta y se filtra a través de normas sociales, resonancias emocionales y saberes culturales.

La semiótica jurídica nos recuerda que una misma norma puede generar resultados distintos según cómo se enuncie.

En lugar de ser un sistema cerrado, el Derecho se convierte en un espacio de interpretación abierta o de « textura abierta », sensible al cambio.

Esta perspectiva resuena con el pensamiento de Charles Sanders Peirce, quien propuso que el significado de un signo surge a través de una cadena infinita de interpretaciones.

Cada concepto jurídico – ya sea “justicia”, “contrato” o “responsabilidad” – no posee significado por sí solo, sino que adquiere sentido a medida que se comprende, se debate y se aplica. El Derecho, por tanto, funciona como un discurso vivo, reconstruido constantemente en la práctica.

Más allá de la letra: la cultura en el tejido del Derecho

El significado jurídico no se limita al lenguaje; está arraigado en la cultura. Desde la arquitectura de una sala de audiencias hasta el simbolismo de la toga de un juez, el Derecho se comunica mediante imágenes, gestos, rostros y rituales. Este lenguaje no verbal es tan esencial para la comprensión jurídica como cualquier texto escrito.

Lo que se considera “justo” o “legal” está profundamente influido por las costumbres locales, la memoria histórica y los valores compartidos; es decir, por su multimodalidad. Por ejemplo, un mismo término jurídico puede tener connotaciones muy distintas en las tradiciones del derecho civil y del common law. La semiótica del Derecho enfatiza que los signos se nutren de reservorios culturales. El significado siempre está situado: lo que una ley representa en una sociedad puede no traducirse directamente en otra.

Las tradiciones jurídicas, entonces, no son lenguajes universales sino jergas moldeadas por el contexto social en el que operan. El Derecho evoluciona con su comunidad, y sus signos se adaptan a las experiencias compartidas de quienes los interpretan y aplican.

El Derecho sin centro: una visión rizomática

Una de las metáforas más poderosas para comprender la semiótica jurídica es la del rizoma. Tomada de la filosofía, el rizoma es una estructura sin raíz central, que se ramifica de forma impredecible y multidireccional. Aplicada al Derecho, esta metáfora sugiere que el desarrollo jurídico no es lineal ni jerárquico, sino expansivo e interconectado.

Las ideas jurídicas no crecen como los árboles – de precedente en precedente en una cadena ordenada – sino que brotan en direcciones inesperadas. Están influidas por otros sistemas jurídicos, por movimientos sociales e incluso por los medios visuales. Una doctrina en un país puede resurgir en otro, transformada por nuevas necesidades y contextos.

Este modelo rizomático explica por qué el Derecho a menudo parece fragmentado o contradictorio. Sin embargo, esa fragmentación no es un defecto, sino una señal de vida. El Derecho no es un código cerrado, sino una red de significados en movimiento, negociados a lo largo del tiempo, entre fronteras y entre actores.

El giro visual y digital: nuevos signos, nuevos desafíos

En el mundo digitalizado de hoy, el Derecho ya no se expresa solo a través de textos. Ahora navega por formas de comunicación visuales y simbólicas. Emojis, memes y gestos digitales han ingresado al léxico jurídico, especialmente en casos relacionados con comunicación en línea, acoso o señales delictivas.

Statue of Lady Justice atop the Old Bailey courthouse in London. Traditionally depicted with scales and sword, Lady Justice embodies the ideal of balance and authority in law.
Estatua de la Dama de la Justicia sobre el Palacio de Justicia de Old Bailey, en Londres. Tradicionalmente representada con balanza y espada, la Dama de la Justicia encarna el ideal de equilibrio y autoridad en el Derecho. Foto de Jesse Loughborough (CC BY-NC ND).

Un emoji de corazón o una llama pueden parecer triviales, pero en un tribunal pueden convertirse en signos con peso legal, que sugieren intención, acuerdo o amenaza. Su interpretación varía según la plataforma, la cultura y el usuario, lo que complica el razonamiento jurídico. Lo que una parte considera inofensivo, otra puede percibirlo como hostil.

Esta transformación digital ilustra que la semiótica no se trata solo de interpretación, sino también de malinterpretación. Los sistemas jurídicos deben ahora enfrentarse a la ambigüedad de los signos digitales y a cómo estos difuminan las fronteras tradicionales entre discurso e imagen, intención y efecto.

La semiótica del Derecho de lo digital, en este sentido, se convierte en una herramienta esencial para tribunales y legisladores que deben navegar por el terreno complejo de la comunicación moderna.

El Derecho como representación: el papel del intérprete

La creación del significado jurídico no es pasiva; es un acto de representación, un acto de mediación. Jueces, abogados y ciudadanos desempeñan todos un papel al interpretar los signos del Derecho. En esta representación, el contexto lo es todo. El significado de una norma puede cambiar según quién la interprete, en qué entorno y con qué propósito.

La semiótica jurídica nos recuerda que una misma norma puede dar lugar a resultados distintos según cómo se formule. Una cláusula contractual, por ejemplo, puede interpretarse de forma restrictiva en un caso y de forma amplia en otro, según los valores sociales o la filosofía judicial. Estos cambios no son errores, sino parte del baile interpretativo que da dinamismo al Derecho.

El significado en el Derecho nunca está definitivamente fijado; siempre es provisional, esperando su próximo contexto, su próximo intérprete, su próximo signo.

El Derecho multilingüe y multisistémico

Hoy en día, el Derecho opera en un mundo multilingüe y multisistémico, donde la jurilingüística/lingüística jurídica y los jurilingüistas/abogados-lingüistas desempeñan un papel clave. Las leyes nacionales se cruzan con tratados internacionales, tradiciones jurídicas indígenas y códigos de gobernanza corporativa. La semiótica jurídica ayuda a explicar cómo el significado se transmite – o no – a través de esas fronteras.

En las sociedades pluralistas, a menudo se debe navegar por varios lenguajes jurídicos al mismo tiempo. Una reclamación territorial, por ejemplo, puede ser reconocida por el derecho consuetudinario pero no por el derecho estatutario. La semiótica nos permite ver cómo estos sistemas “hablan” de forma diferente y cómo la traducción entre ellos nunca es perfecta, lo que se conoce como “formante jurídico”.

En lugar de buscar una única interpretación “correcta”, la semiótica del Derecho nos invita a escuchar a través de estos lenguajes, espacios y tradiciones, y a reconocer el Derecho como una conversación polifónica, y a menudo disputada.

El filo ético de la interpretación

Existe una dimensión ética más profunda en la semiótica. Si el significado se construye – y no se da por hecho – entonces quienes lo construyen tienen una responsabilidad. Los actores jurídicos no son escribas neutrales, sino participantes activos en la configuración de la justicia. Las palabras que eligen, las metáforas que utilizan, las imágenes que difunden—todo ello tiene consecuencias.

La semiótica jurídica plantea preguntas:

  • ¿Quién se beneficia de una interpretación concreta?
  • ¿Quién queda excluido?
  • ¿Quién tiene el poder de decidir lo que significa un signo?

Estas preguntas no son solo académicas; también dependen del poder, la equidad y el acceso a la justicia. Comprender el Derecho desde la semiótica no es solo un método de análisis, sino un acto de responsabilidad.

Conclusión: Leer entre líneas del Derecho

La semiótica del Derecho nos enseña a leer el Derecho no como un libro cerrado, sino como un guion abierto, lleno de capas, silencios, metáforas y códigos. Revela el Derecho como un sistema vivo de comunicación, moldeado por los contextos en los que existe y por las personas que interactúan con él.

Estudiar la semiótica del Derecho es estudiar la capacidad del Derecho para significar de manera diferente a lo largo del tiempo. Es reconocer que el Derecho no se trata de descifrar definiciones, sino de construir comprensiones. Requiere atención no solo a lo que se dice, sino también a lo que se omite; no solo a lo escrito, sino a lo que se muestra, se siente y se supone.

En definitiva, la perspectiva semiótica nos reta a ver el Derecho no como algo fijo, sino como algo fluido; no como una herramienta de clausura, sino como un espacio de posibilidad. Desde esta mirada, el Derecho no es solo un sistema de reglas, es un lenguaje que todos ayudamos a escribir, un conocimiento en transformación.

Esa es la razón por la cual el International Handbook of Legal Language and Communication, concebido como una obra de referencia autoritativa y temática al estilo enciclopédico, editada por Anne Wagner, resulta tan oportuna y esencial. Contendrá cerca de 1.000 capítulos de una gran variedad de regiones del mundo para garantizar una perspectiva verdaderamente comparada.

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Profesora asociada permanente de investigación en la Universidad de Lille, Francia. Tiene un doctorado en Jurilingüística por la Université du Littoral Côte d’Opale (1999) y una "Habilitación en Derecho Privado" por la Universidad de Lille (2015). Su investigación se centra en la semiótica jurídica, los estudios visuales, la cultura jurídica, la traducción y el discurso. Wagner es Editora en Jefe del International Journal for the Semiotics of Law y coedita varias series sobre Derecho y Jurisprudencia Visual, justicia de género y comunicación jurídica. También es Presidenta de las Mesas Redondas Internacionales sobre Semiótica del Derecho (IRSL).