Encuadre de la vulnerabilidad en derechos humanos y cambio climático por la ONU

El enfoque de la ONU sobre la vulnerabilidad, aunque eficaz para resaltar los impactos desproporcionados del cambio climático, corre el riesgo de perpetuar estereotipos y pasar por alto las causas estructurales.

Monika Mayrhofer
Monika Mayrhofer
Una mujer de la Comunidad Indígena Nueva Ahuaypa trabaja en un bordado tradicional amazónico. Foto por Juan Carlos Huayllapuma/CIFOR (CC BY NC ND).

Introducción

Los organismos de derechos humanos de las Naciones Unidas (ONU) se han centrado cada vez más en el impacto del cambio climático en los derechos humanos, con el encuadre de la vulnerabilidad emergiendo como un concepto central. Este enfoque se ha vuelto prominente en las discusiones sobre cómo el cambio climático afecta desproporcionadamente a poblaciones específicas. El encuadre de la vulnerabilidad es particularmente prevalente en documentos de políticas, informes y jurisprudencia que abordan la intersección de los derechos humanos y el cambio ambiental.

Este artículo tiene como objetivo desglosar la aplicación y las implicaciones del encuadre de la vulnerabilidad dentro del discurso de los derechos humanos de la ONU sobre el cambio climático. Al analizar varios documentos de la ONU, el estudio busca comprender cómo se define la vulnerabilidad, a quién se aplica y su relación con los conceptos de desigualdad y discriminación.

La vulnerabilidad es a menudo representada como una condición exacerbada por factores como la pobreza, la falta de acceso a recursos y la marginación socio-política.

La exploración proporcionará perspectivas sobre los relatos construidos alrededor de los grupos vulnerables y las posibles consecuencias de estos relatos en las prácticas de derechos humanos. Además, el análisis examinará si el énfasis en la vulnerabilidad contribuye o socava los principios de igualdad y no discriminación, fundamentales para el derecho internacional de los derechos humanos. Esta investigación es crucial para evaluar la efectividad e impacto del encuadre de la vulnerabilidad en la promoción de los derechos humanos en el contexto de los desafíos ambientales globales.

Cambio climático y derechos humanos

La intersección del cambio climático y los derechos humanos recibió una atención sustancial con la adopción de la Resolución 7/23 por el Consejo de Derechos Humanos (CDH) de la ONU en 2008. Esta resolución marcó un momento crucial, enfatizando las amenazas inmediatas y a largo plazo que el cambio climático representa para los derechos humanos . Específicamente, destacó el impacto desproporcionado en las poblaciones vulnerables, reconociendo que aquellos que ya se encuentran en situaciones precarias son más severamente afectados por los cambios ambientales.

Una mujer Sami de Noruega alimenta a los renos en un paisaje nevado. Las comunidades Sami se ven cada vez más afectadas por el cambio climático, que amenaza sus medios de vida tradicionales y el equilibrio de su entorno natural. Foto por Lorie Shaull.
Una mujer Sami de Noruega alimenta a los renos en un paisaje nevado. Las comunidades Sami se ven cada vez más afectadas por el cambio climático, que amenaza sus medios de vida tradicionales y el equilibrio de su entorno natural. Foto por Lorie Shaull.

Los informes y resoluciones posteriores de la ONU han empleado consistentemente el encuadre de la vulnerabilidad, particularmente en relación con grupos como mujeres, niños y pueblos indígenas. Por ejemplo, el informe de 2009 de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH) utilizó ampliamente el concepto de vulnerabilidad, particularmente en relación con estos grupos vulnerables. Este informe describió cómo estos grupos enfrentan mayores riesgos debido a sus condiciones socioeconómicas y ubicaciones geográficas, que exacerban su exposición a peligros relacionados con el clima.

Calificar continuamente a las mujeres o a los pueblos indígenas como vulnerables puede perpetuar una visión de estos grupos como intrínsecamente débiles o pasivos.

El encuadre de la vulnerabilidad dentro de estos documentos sirve para subrayar la carga desigual del cambio climático. La vulnerabilidad es a menudo representada como una condición exacerbada por factores como la pobreza, la falta de acceso a recursos y la marginación socio-política. Este encuadre no solo identifica a quienes están en mayor riesgo, sino que también tiene como objetivo movilizar el apoyo y los recursos internacionales para mitigar estos riesgos. Por ejemplo, las resoluciones posteriores han pedido integrar las consideraciones de derechos humanos en las políticas de cambio climático, asegurando que las necesidades y derechos de las poblaciones vulnerables sean prioritarios.

Además, la ONU se ha centrado en el concepto de justicia climática, que busca abordar las disparidades en los impactos del cambio climático. El encuadre de la vulnerabilidad es central en este discurso, abogando por políticas que reconozcan y rectifiquen las desigualdades que enfrentan los grupos marginados. El énfasis en la vulnerabilidad tiene como objetivo fomentar un enfoque más inclusivo de la acción climática, que garantice la protección y promoción de los derechos humanos para todos, en particular aquellos que están en mayor riesgo de los efectos adversos del cambio climático.

Definir la vulnerabilidad

El encuadre de la vulnerabilidad es un tema recurrente en los documentos de la ONU, pero a menudo carece de definiciones precisas. Cuando se proporcionan definiciones, generalmente enfatizan la capacidad reducida de un individuo o grupo para ejercer sus derechos humanos, influenciada por factores como la mala salud, la pobreza o la exclusión social. Esta perspectiva tiende a centrarse en las deficiencias intrínsecas de los individuos o grupos afectados, en lugar de en las causas estructurales de su vulnerabilidad.

A group of women and other activists participate in a climate protest, holding signs with messages such as "Fracking is a Crime" and "Climate Revolution." This image challenges the vulnerability framing that risks reinforcing a narrative of inherent weakness or incapability among women and marginalized groups.
Un grupo de mujeres y otros activistas participan en una protesta por el clima. Foto por Matthew Kirby (CC-BY-NC-ND).

Por ejemplo, el informe "The Slow Onset Effects of Climate Change and Human Rights Protection for Cross-Border Migrants" define la vulnerabilidad en términos amplios, concentrándose en la capacidad relativa de una persona para ejercer eficazmente sus derechos humanos. Esta comprensión abarca tanto los aspectos situacionales como personales, implicando que el aumento de la vulnerabilidad está correlacionado con una menor capacidad de adaptación. Sin embargo, tales definiciones a menudo permanecen vagas, sin delinear las condiciones específicas que hacen que los individuos o grupos sean vulnerables.

La desigualdad y la discriminación son a menudo citadas como factores subyacentes que exacerban la vulnerabilidad.

Además, los documentos de la ONU sugieren una gradación en la vulnerabilidad, indicando que algunas personas son más vulnerables que otras. Esto se ve en las referencias a grupos “particularmente vulnerables” o “más vulnerables”. Sin embargo, los criterios para estas gradaciones rara vez se especifican, dejando un grado significativo de ambigüedad.

Este enfoque contrasta fuertemente con las definiciones de discriminación y desigualdad en el derecho internacional de los derechos humanos, donde el enfoque está en las acciones y estructuras que desventajan a grupos específicos, en lugar de en las deficiencias percibidas de esos grupos. La discriminación es definida por la ONU como cualquier distinción, exclusión o restricción basada en varios motivos que impiden el reconocimiento, disfrute o ejercicio de los derechos humanos en igualdad de condiciones.

Al concentrarse en las deficiencias de los individuos, el encuadre de la vulnerabilidad corre el riesgo de reforzar un relato en el que estos grupos son intrínsecamente débiles o incapaces, en lugar de resaltar las condiciones externas y las desigualdades sistémicas que contribuyen a su condición de vulnerabilidad. Esto podría desviar potencialmente la atención de las reformas estructurales necesarias y perpetuar un ciclo en el que las causas fundamentales de la vulnerabilidad permanecen sin abordar.

Aplicación a grupos específicos

Los documentos de la ONU frecuentemente etiquetan a ciertos grupos como vulnerables, como las mujeres, los niños, los ancianos, los migrantes y los pueblos indígenas. Esta categorización tiene como objetivo llamar la atención sobre los más afectados por el cambio climático y movilizar recursos e intervenciones políticas para apoyarlos. Sin embargo, los criterios para estas designaciones a menudo siguen siendo ambiguos, lo que puede perpetuar estereotipos y simplificar en exceso las complejidades de la vulnerabilidad.

Los criterios para determinar quién califica como estando en una situación de vulnerabilidad a menudo carecen de claridad.

Históricamente, los documentos de la ONU se han referido a “grupos vulnerables”, implicando que la vulnerabilidad es una característica intrínseca de estas poblaciones.

For example, women are often highlighted as a vulnerable group due to gender-specific inequalities that exacerbate their risk to climate impacts.

De manera similar, los niños son frecuentemente categorizados como vulnerables debido a su dependencia y necesidades de desarrollo, lo que los hace particularmente susceptibles a los peligros ambientales.

Con el tiempo, ha habido un cambio notable en la terminología. Los documentos recientes prefieren el término “personas en situaciones de vulnerabilidad” para destacar los factores contextuales y situacionales que contribuyen a la vulnerabilidad en lugar de sugerir que la vulnerabilidad es una característica inherente. Este cambio tiene como objetivo reconocer que la vulnerabilidad es dinámica y puede ser influenciada por una variedad de factores externos, como las condiciones socioeconómicas, la ubicación geográfica y la marginación política.

A pesar de este cambio, los criterios para determinar quién califica como estando en una situación de vulnerabilidad a menudo carecen de claridad. Por ejemplo, los documentos pueden describir a individuos o grupos como vulnerables debido a su “mayor susceptibilidad al daño”, pero rara vez especifican qué constituye esta mayor susceptibilidad o cómo se mide. Esta vaguedad puede llevar a una aplicación amplia e inconsistente del término, dificultando la identificación y el abordaje preciso de las necesidades específicas de estas poblaciones.

Además, este enfoque puede reforzar inadvertidamente los estereotipos. Por ejemplo, calificar continuamente a las mujeres o a los pueblos indígenas como vulnerables puede perpetuar una visión de estos grupos como intrínsecamente débiles o pasivos, pasando por alto su resiliencia y capacidad de acción. Tal encuadre corre el riesgo de simplificar las diversas experiencias y capacidades dentro de estos grupos, reduciendo problemas sociales complejos a narrativas simplistas de vulnerabilidad.

Encuadre de la vulnerabilidad en relación con la desigualdad y la discriminación

El encuadre de la vulnerabilidad, aunque es un concepto prominente en el discurso de la ONU sobre el cambio climático y los derechos humanos, no es sinónimo de desigualdad o discriminación. Sin embargo, está frecuentemente vinculado a estos conceptos. La desigualdad y la discriminación son a menudo citadas como factores subyacentes que exacerban la vulnerabilidad, creando una relación cíclica donde una mayor vulnerabilidad puede llevar a más discriminación y desigualdad. Esta interconexión destaca las dinámicas complejas en juego, pero también expone las limitaciones del encuadre de la vulnerabilidad en comparación con los marcos más precisos y jurídicamente fundamentados de la igualdad y la no discriminación.

La relación cíclica entre vulnerabilidad, desigualdad y discriminación es particularmente evidente en las discusiones sobre el cambio climático.

En el contexto de los documentos de la ONU, la desigualdad se entiende típicamente como la distribución desigual de recursos, oportunidades y derechos entre diferentes grupos. La discriminación, por otro lado, se refiere al trato injusto o perjudicial de los individuos basado en características como raza, género, edad o estatus socioeconómico. Ambos conceptos están bien definidos dentro del derecho internacional de los derechos humanos, con claras obligaciones legales para los Estados de prevenir y abordar tales injusticias.

Sin embargo, el encuadre de la vulnerabilidad a menudo carece de esa precisión. Si bien pretende llamar la atención sobre aquellos que están en mayor riesgo, no siempre proporciona criterios claros para identificar la vulnerabilidad ni ofrece estándares legales concretos para la protección. Por ejemplo, los documentos pueden describir ciertos grupos como vulnerables debido a su mayor susceptibilidad a los impactos climáticos, pero a menudo no especifican la naturaleza exacta de esta susceptibilidad ni cómo debería abordarse en las políticas y prácticas.

Además, el encuadre de la vulnerabilidad a veces puede oscurecer las causas estructurales y sistémicas de la desigualdad y la discriminación. Al centrarse en las vulnerabilidades de individuos y grupos, existe el riesgo de atribuir su estatus desfavorecido a debilidades inherentes en lugar de a factores estructurales externos que perpetúan su marginación. Esta perspectiva puede reforzar inadvertidamente una narrativa de víctima, donde el énfasis está en la necesidad de protección en lugar de en empoderar a estos grupos para superar las barreras que enfrentan.

La relación cíclica entre vulnerabilidad, desigualdad y discriminación es particularmente evidente en las discusiones sobre el cambio climático. Por ejemplo, las comunidades marginadas a menudo enfrentan una mayor exposición a los peligros ambientales debido a su estatus socioeconómico, lo que a su vez aumenta su vulnerabilidad a los impactos climáticos. Esta mayor vulnerabilidad puede llevar a una mayor exclusión y discriminación, ya que estas comunidades son frecuentemente pasadas por alto en las respuestas políticas y la asignación de recursos. Así, su desventaja inicial se agrava, creando un círculo vicioso de vulnerabilidad y desigualdad.

A pesar de la frecuente vinculación de estos conceptos, el uso del encuadre de la vulnerabilidad carece de la robustez de los marcos de igualdad y no discriminación. Estos últimos están fundamentados en principios y estándares legales establecidos, proporcionando una base clara para la rendición de cuentas y la reparación. El encuadre de la vulnerabilidad, aunque valioso para destacar a aquellos que están más en riesgo, necesita estar más explícitamente conectado a estos marcos legales para asegurar que no perpetúe inadvertidamente las mismas desigualdades y discriminaciones que busca abordar.

Narrativas de vulnerabilidad

El encuadre de la vulnerabilidad en los documentos de la ONU moviliza relatos centrados en el daño, el sufrimiento y la victimización. Estos relatos a menudo enfatizan las adversidades que enfrentan los grupos vulnerables, representándolos como receptores pasivos de daño que requieren protección y asistencia. Esta perspectiva puede reforzar inadvertidamente estereotipos negativos y disminuir la percepción de la agencia y la resiliencia de estas poblaciones, destacando un problema crítico con el encuadre de la vulnerabilidad.

Los documentos de la ONU frecuentemente presentan a los individuos y grupos vulnerables como estando en un estado constante de angustia, enfrentando numerosos desafíos como mala salud, desnutrición y exposición a la violencia. Por ejemplo, las personas mayores a menudo se describen como particularmente susceptibles a enfermedades y tensiones físicas debido al cambio climático. De manera similar, las mujeres y las niñas se representan frecuentemente como en mayor riesgo de inseguridad alimentaria, violencia sexual y explotación, particularmente durante desplazamientos causados por factores ambientales.

Le cadrage de la vulnérabilité ne parvient souvent pas à traiter adéquatement les causes structurelles de la vulnérabilité.

Además, al concentrarse en los daños y adversidades inmediatos, el enfoque en la vulnerabilidad puede ocultar las causas estructurales subyacentes de estas condiciones.

A menudo no aborda las desigualdades sistémicas y las dinámicas de poder que contribuyen a la vulnerabilidad en primer lugar.

Por ejemplo, el énfasis repetido en las vulnerabilidades de las mujeres y los niños podría pasar por alto los factores socioeconómicos y políticos más amplios que perpetúan la desigualdad de género y la marginación.

Esta narrativa centrada en las víctimas también tiene implicaciones para las políticas y prácticas. Las políticas diseñadas en base a tales relatos pueden priorizar medidas de protección a corto plazo sobre estrategias a largo plazo que empoderen a los grupos vulnerables y aborden los problemas estructurales. Aunque la protección inmediata es crucial, es igualmente importante implementar políticas que mejoren la resiliencia y la agencia de estos grupos, permitiéndoles participar activamente en la resolución de los desafíos que enfrentan. implement policies that enhance the resilience and agency of these groups, enabling them to participate actively in addressing the challenges they face.

Conclusión

El uso generalizado del concepto de encuadre de la vulnerabilidad en el discurso de la ONU sobre derechos humanos y cambio climático tiene implicaciones significativas. Por un lado, atrae eficazmente la atención sobre los impactos desproporcionados del cambio climático en grupos específicos, movilizando así el apoyo y los recursos destinados a mitigar estos efectos adversos. Al destacar a aquellos que están en mayor riesgo, el encuadre de la vulnerabilidad puede ayudar a priorizar las intervenciones y llevar los problemas urgentes al primer plano de las discusiones políticas.

Sin embargo, este enfoque también conlleva riesgos notables. La repetida categorización de ciertos grupos como vulnerables puede perpetuar estereotipos negativos, representando a estas poblaciones como intrínsecamente deficientes o perpetuamente necesitadas de protección. Esta perspectiva pasa por alto la agencia, la resiliencia y la capacidad de autodeterminación que muchos de estos individuos y comunidades poseen. En consecuencia, puede reforzar una narrativa de victimización, lo que podría socavar los esfuerzos para empoderar a estos grupos y permitirles participar activamente en la resolución de los desafíos que enfrentan.

Además, el encuadre de la vulnerabilidad a menudo no aborda adecuadamente las causas estructurales de la vulnerabilidad, como la desigualdad sistémica y la discriminación. Al centrarse en las vulnerabilidades inmediatas de los individuos y grupos, existe el riesgo de negar los factores socioeconómicos y políticos más amplios que contribuyen a su estatus de marginación. Este descuido puede resultar en políticas que priorizan medidas de protección a corto plazo sobre soluciones sostenibles a largo plazo que aborden las causas fundamentales de la vulnerabilidad.

Para promover eficazmente los derechos humanos en el contexto del cambio climático, es crucial integrar el encuadre de la vulnerabilidad con un enfoque integral que aborde estos problemas estructurales. Esto significa ir más allá de las categorizaciones simplistas y desarrollar políticas que no solo protejan a los grupos vulnerables, sino que también los empoderen. Asegurar que el encuadre de la vulnerabilidad no socave los principios de igualdad y no discriminación requiere una comprensión matizada de la compleja interacción entre las vulnerabilidades individuales y los factores sistémicos más amplios.

En resumen, aunque el encuadre de la vulnerabilidad se utiliza como una herramienta para resaltar los impactos desproporcionados del cambio climático en los grupos marginados, debe aplicarse con cuidado para evitar reforzar estereotipos y descuidar las causas estructurales. Al adoptar un enfoque más holístico que combine la protección inmediata con esfuerzos para abordar las desigualdades sistémicas, la ONU puede promover de manera más efectiva los derechos humanos y fomentar la resiliencia frente al cambio climático.

Adaptado de un artículo académico para una audiencia más amplia, bajo licencia CC BY 4.0

Cómo citar este artículo

Mayrhofer, M. (2024, 1 de agosto). Encuadre de la vulnerabilidad en derechos humanos y cambio climático por la ONU. Politics and Rights Review.. https://politicsrights.com/es/encuadre-vulnerabilidad-derechos-humanos-cambio-climatico-onu/

DON’T MISS AN ARTICLE

We don’t spam! Read our privacy policy for more info.

Compartir este artículo
Científica senior en la Universidad de Innsbruck, Departamento de Sociología Aplicada del Derecho y Criminología (Viena, Austria). Anteriormente, fue investigadora social senior en el Instituto Ludwig Boltzmann de Derechos Humanos y Fundamentales en Viena, Austria. Su investigación se centra en la antidiscriminación y la igualdad, la migración y el desplazamiento relacionados con el cambio climático, y los derechos humanos en el contexto del cambio climático.