Derechos políticos vs. derecho constitucional: La crisis catalana

El caso catalán ilustra las tensiones y conflictos que surgen cuando los gobiernos regionales persiguen caminos hacia la independencia que contravienen los marcos legales nacionales.

Jessica Almqvist
Jessica Almqvist
Protesta en favor de la independencia de Cataluña. 10 de julio de 2010 - Foto por Rob Shenk (CC BY-SA).

Introducción

En los Estados democráticos, responder a los movimientos secesionistas que desafían los fundamentos constitucionales presenta desafíos complejos. La intersección de los derechos políticos y el Estado de derecho durante tales crisis plantea preguntas críticas. Este artículo examina cómo el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) abordó dos quejas de líderes catalanes tras la Declaración de Independencia de Cataluña de 2017. Esta declaración, que buscaba establecer Cataluña como una república independiente, condujo a significativos conflictos legales y políticos con el gobierno español.

El papel del CDH en la evaluación de estas quejas resalta las dificultades de proteger los derechos políticos mientras se asegura la adherencia al derecho constitucional. El artículo explora los obstáculos procesales enfrentados por el CDH, incluyendo cuestiones de admisibilidad y el agotamiento de los recursos internos. También analiza cómo el CDH evaluó los méritos de los casos, particularmente hasta qué punto el paso del tiempo influyó en sus opiniones sobre los derechos políticos involucrados.

Las quejas presentadas al CDHNU fueron impulsadas por la creencia de los líderes de que las autoridades españolas habían excedido sus límites legales.

Además, el artículo reflexiona sobre los posibles costos de la flexibilidad procesal, especialmente cuando la urgencia de las quejas no alcanzó el umbral de daño irreparable. Al examinar estos casos, el artículo pretende proporcionar perspectivas sobre las implicaciones más amplias para los Estados democráticos que enfrentan movimientos secesionistas, enfatizando la necesidad de equilibrar los derechos políticos con el Estado de derecho durante períodos de crisis constitucional.

El desafío del secesionismo: El proceso catalán

Los movimientos secesionistas, como los de Cataluña, Quebec y Escocia, desafían los marcos constitucionales de los estados democráticos. En Cataluña, los esfuerzos del gobierno regional por lograr la independencia culminaron en una declaración unilateral de independencia en octubre de 2017. Esta declaración fue una violación significativa del derecho constitucional español, lo que provocó acciones inmediatas y decisivas del gobierno central español.

A group of Catalan protesters, many draped in Catalonian flags, faces off against a line of police officers during a demonstration advocating for political rights and independence.
Protesta después del referéndum de independencia de Cataluña. Foto por Sasha Popovic (CC BY-NC-ND) 3 de octubre de 2017.

El gobierno español respondió invocando el artículo 155 de la Constitución Española, que le permitió disolver el Parlamento catalán y convocar nuevas elecciones regionales. Este movimiento sin precedentes tenía como objetivo restaurar el orden constitucional y abordar las violaciones legales cometidas por los líderes catalanes. El gobierno central también inició procedimientos penales contra varios líderes catalanes, acusándolos de delitos graves como rebelión y sedición.

El movimiento independentista catalán había utilizado los poderes legislativos regionales para autorizar un referéndum vinculante sobre la independencia y delinear la transición a una república independiente. A pesar de la suspensión y anulación de estas leyes por parte del Tribunal Constitucional español, el gobierno catalán procedió con el referéndum el 1 de octubre de 2017, y más tarde declaró la independencia el 27 de octubre de 2017. Estas acciones, vistas como desafíos directos a la integridad constitucional de España, llevaron a una crisis política y legal que puso a prueba los límites de la gobernanza democrática y el estado de derecho.

Esta situación resalta las complejas dinámicas entre las aspiraciones secesionistas y la necesidad de los Estados de mantener el orden constitucional. El caso catalán ilustra las tensiones y conflictos que surgen cuando los gobiernos regionales persiguen caminos hacia la independencia que contravienen los marcos legales nacionales.

Antecedentes de las quejas ante el CDH

En las elecciones catalanas de diciembre de 2017, los líderes del movimiento independentista fueron reelegidos, reflejando el apoyo continuo a su causa. Sin embargo, estos líderes enfrentaron significativos desafíos legales y políticos debido a las acusaciones en su contra. El gobierno español había iniciado procedimientos penales, acusándolos de rebelión y sedición, lo que impuso severas restricciones a sus derechos políticos. Estas acusaciones y las acciones legales subsiguientes tuvieron profundas implicaciones para su capacidad de participar en el proceso político.

Un aspecto clave del compromiso del CDH fue evaluar los méritos de las quejas.

Carles Puigdemont y otros líderes catalanes argumentaron que estas medidas violaban sus derechos bajo el Artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). El Artículo 25 garantiza el derecho a participar en los asuntos públicos, a votar y ser elegido, y a tener acceso a los servicios públicos.

Los líderes afirmaron que la suspensión de sus cargos públicos era arbitraria, careciendo de la previsibilidad y objetividad necesarias según los estándares internacionales. Alegaron que las acusaciones de rebelión, que requieren un levantamiento violento y público, no eran aplicables a sus acciones, ya que los eventos que llevaron a la declaración de independencia no involucraron el nivel de violencia necesario para justificar tales acusaciones graves.

Las quejas presentadas al CDHNU fueron impulsadas por la creencia de los líderes de que las autoridades españolas habían excedido sus límites legales, infringiendo sus derechos políticos sin justificación adecuada. Buscaron la intervención del CDH para abordar lo que percibían como un uso indebido de las disposiciones legales destinadas a suprimir sus actividades políticas. Estos antecedentes preparan el escenario para el examen del CDH sobre los méritos de estas quejas, destacando la tensión entre mantener el derecho constitucional y proteger los derechos políticos en un contexto democrático.

Obstáculos procesales

En respuesta a las quejas de los líderes catalanes, España planteó varias objeciones procesales con el objetivo de evitar que el CDH considerara los casos. Estas objeciones incluían argumentos de lis pendens, que sugiere que el mismo asunto ya estaba siendo examinado en otro foro, y la no agotamiento de los recursos internos, que requiere que todas las vías legales disponibles dentro del país sean agotadas antes de llevar un caso a un organismo internacional.

A large crowd gathers to celebrate the Catalonian independence, waving flags and singing, demonstrating their support for political rights and independence.
Actividad cultural por la independencia de Cataluña. Foto por Jordi Ventura Plans (CC BY-NC) – 27 de octubre de 2017.

España argumentó que las quejas debían ser desestimadas por estas razones. Afirmaron que los peticionarios no habían utilizado plenamente el sistema legal interno, como se requiere bajo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), antes de acudir al CDH. Además, España sostuvo que los problemas planteados ya estaban siendo abordados en otros foros legales, invocando así el principio de lis pendens.

A pesar de estas objeciones, el CDH mantuvo una postura protectora hacia los peticionarios. El Comité declaró los casos admisibles, enfatizando la importancia de abordar las presuntas violaciones de los derechos políticos. Al justificar su decisión, el CDH destacó preocupaciones de economía procesal, señalando que desestimar los casos probablemente resultaría en que los peticionarios volvieran a presentar sus quejas después de agotar los recursos internos. Esto solo retrasaría el proceso y prolongaría la resolución de los problemas en cuestión.

La decisión del CDH de proceder con los casos a pesar de las objeciones procesales subraya su compromiso con garantizar el acceso a la justicia para los individuos que reclaman violaciones de sus derechos políticos durante una crisis constitucional. Al centrarse en los problemas sustantivos en lugar de verse estrictamente obligado por tecnicismos procesales, el Comité buscó proporcionar un remedio para los peticionarios, reforzando así la protección de los derechos políticos dentro del marco del derecho internacional de los derechos humanos.

Análisis del compromiso del CDH

El Comité de Derechos Humanos (CDH) enfrentó un desafío multifacético al abordar las quejas de los líderes catalanes. Encontrar un equilibrio entre la protección de los derechos políticos y el mantenimiento de la integridad procesal era primordial. El CDH necesitaba navegar cuidadosamente su papel para evitar invadir la jurisdicción de los tribunales nacionales mientras examinaba minuciosamente las quejas.

Protesters advocating for political rights wave Catalan flags in the aftermath of the Catalonian Independence Referendum. Photo by Sasha Popovic (CC BY-NC-ND).
Manifestantes ondean banderas catalanas durante una gran manifestación tras el Referéndum de Independencia de Cataluña. Foto por Sasha Popovic (CC BY-NC-ND).

Un aspecto clave del compromiso del CDH fue evaluar los méritos de las quejas. El Comité necesitaba determinar si las acusaciones de rebelión contra los líderes catalanes estaban justificadas bajo las circunstancias específicas de las manifestaciones catalanas. La ley española define la rebelión como un levantamiento violento y público, pero los líderes catalanes argumentaron que sus acciones fueron pacíficas y no cumplían con esta definición.

El CDH concluyó que España había violado los derechos políticos de los líderes catalanes al suspenderlos de sus cargos durante los procedimientos penales.

En su análisis, el CDH examinó la naturaleza de los eventos en Cataluña, incluidas las manifestaciones del 20 y 21 de septiembre de 2017. El Comité evaluó si estos eventos constituían un levantamiento violento o si eran, como sostenían los peticionarios, en gran medida pacíficos. Esta evaluación fue crucial para decidir si la suspensión de los líderes de sus cargos públicos y las acusaciones posteriores eran apropiadas y proporcionales.

El enfoque del CDH subrayó su compromiso con la protección de los derechos políticos al mismo tiempo que cumplía con los requisitos procesales del derecho internacional de los derechos humanos. El Comité se propuso basar sus decisiones en un análisis exhaustivo y objetivo de los hechos, asegurándose de no interferir con los procesos judiciales nacionales. Al centrarse en estándares legales específicos y el contexto de los eventos, el CDH buscó ofrecer una resolución equilibrada y justa a las quejas, reforzando los principios de justicia y derechos humanos.

El manejo cuidadoso de estos casos por parte del CDH destaca el papel vital de los mecanismos internacionales de derechos humanos en abordar cuestiones legales y políticas complejas. También demuestra los desafíos que enfrentan estos organismos al equilibrar la soberanía nacional con las obligaciones internacionales de derechos humanos. A través de su enfoque mesurado, el CDH se propuso mantener la integridad procesal mientras protegía los derechos políticos en una situación altamente contenciosa y políticamente sensible. Las opiniones separadas adjuntas a las conclusiones del Comité en los casos indicaron algunas diferencias entre sus miembros sobre si lograron hacerlo.

La defensa de los derechos políticos en retrospectiva

El CDH concluyó que España había violado los derechos políticos de los líderes catalanes al suspenderlos de sus cargos durante los procedimientos penales. Esta conclusión se basó en la evaluación de que la suspensión automática y colectiva carecía de análisis individual y proporcionalidad, que son esenciales según el Artículo 25 del PIDCP. Sin embargo, la decisión se centró estrechamente en el período de suspensión y no abordó las acusaciones más amplias inicialmente planteadas por Puigdemont, como las relacionadas con la libertad de expresión y el derecho a un tribunal imparcial.

A police officer listens attentively as a protester passionately argues during a demonstration advocating for political rights in Catalonia.
Un oficial de policía escucha mientras un manifestante habla durante una manifestación después del Referéndum de Independencia de Cataluña. Foto por Sasha Popovic (CC BY-NC-ND).

El paso del tiempo entre los eventos en Cataluña y la evaluación del CDH jugó un papel significativo en la configuración del resultado. Las opiniones del CDH se vieron influenciadas por los desarrollos en el período intermedio, incluidos los procedimientos legales en España y el contexto político más amplio. Este retraso resultó en un resultado más modesto en comparación con otras opiniones internacionales sobre el asunto, como las del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, que había adoptado una postura más firme a favor de los peticionarios.

El CDH equilibró la integridad procesal con la garantía de justicia para las personas cuyos derechos políticos estaban en juego.

A pesar del alcance limitado de la decisión, el CDH enfatizó la importancia de mantener los derechos políticos incluso en tiempos de crisis. El Comité pidió a España que proporcionara remedios efectivos a los líderes afectados y que tomara medidas para prevenir violaciones similares en el futuro. Sin embargo, el CDH consideró que la publicación y difusión de sus opiniones constituían una reparación suficiente, dejando la implementación de medidas más concretas a la discreción de las autoridades españolas.

La decisión del CDH subraya los desafíos de abordar los derechos políticos en el contexto de una crisis del estado de derecho. Si bien el Comité intentó proteger los derechos de los peticionarios, el paso del tiempo y las complejidades del caso llevaron a un enfoque cauteloso. Esto refleja la dificultad más amplia de equilibrar la necesidad de una acción oportuna y decisiva con los principios de equidad legal e integridad procesal en la adjudicación de derechos humanos internacionales.

Conclusión

El compromiso del CDH con las quejas de los líderes catalanes destaca las complejidades de abordar los derechos políticos durante una crisis del estado de derecho. La postura protectora del Comité hacia los peticionarios era evidente, sin embargo, la flexibilidad procesal y la influencia de la retrospectiva moldearon significativamente las opiniones finales. Estos casos subrayan los desafíos inherentes que enfrentan los estados democráticos para equilibrar la integridad constitucional con la protección de los derechos políticos en medio de una agitación política significativa.

El enfoque del CDH ilustró el delicado acto de mantener la integridad procesal al tiempo que se garantiza la justicia para las personas cuyos derechos políticos estaban en juego. Al navegar entre el mantenimiento de los estándares internacionales de derechos humanos y el respeto a los marcos legales nacionales, el CDH intentó proporcionar una evaluación justa de las quejas. Este equilibrio es crucial para reforzar la legitimidad de los mecanismos internacionales de derechos humanos y su papel en la protección de los derechos individuales contra el posible abuso del estado.

La influencia del tiempo en el proceso de toma de decisiones del CDH complicó aún más el compromiso. El retraso entre los eventos iniciales y la evaluación final llevó a un resultado más cauteloso y modesto. Esto resalta la dificultad de abordar situaciones políticas que evolucionan rápidamente con el rigor procesal requerido por los organismos internacionales. La decisión de limitar el alcance de las conclusiones al período de suspensión, en lugar de abordar acusaciones más amplias, refleja este enfoque cauteloso.

En general, el manejo de estos casos por parte del CDH ofrece valiosas perspectivas sobre la interacción entre los derechos políticos y el estado de derecho en los estados democráticos. Enfatiza la necesidad de respuestas internacionales oportunas y efectivas para proteger los derechos políticos mientras se respeta la equidad procesal y la soberanía nacional. Los casos catalanes sirven como un recordatorio de la lucha continua para equilibrar estos principios durante períodos de crisis política, subrayando el papel vital de los organismos internacionales de derechos humanos en la protección de los valores democráticos.

Adaptado de un artículo académico para un público más amplio, bajo licencia CC BY 4.0

Cómo citar este artículo

Almqvist, J. (2024, 8 de julio). Derechos políticos vs. derecho constitucional: La crisis catalana. Politics and Rights Review. https://politicsrights.com/es/derechos-politicos-crisis-constitucional-catalana/

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Profesora de Derecho Internacional y Derechos Humanos en la Universidad de Lund. Investigadora en el Real Instituto Elcano de Madrid. Posee un doctorado del Instituto Universitario Europeo y un diploma en ciencias políticas de la Universidad de California. Su investigación se centra en los derechos humanos, la adjudicación internacional y la seguridad colectiva.